Turnos de noche: condiciones legales, horarios nocturnos y cómo afectan al trabajador

Turnos de noche: condiciones legales, horarios nocturnos y cómo afectan al trabajador

16 septiembre, 2022 Desactivado Por Marta Sánchez Díaz

Cada vez son más trabajos los que no cesan su actividad ni de día ni de noche. La necesidad de planificar turnos con nocturnidad es una realidad a la que se enfrentan muchas empresas, no obstante, existe un gran desconocimiento sobre el marco legal relacionado con la nocturnidad así como los efectos secundarios que conlleva trabajar de noche. Diferentes estudios científicos demuestran que los trabajadores con un turno de noche son más vulnerables a sufrir repercusiones negativas para su salud tanto física como mental, por lo que es importante saber cómo gestionar los turnos nocturnos. Para ello, se verán a continuación algunas estrategias para poder sobrevivir ante ellos de la mejor forma posible.

 

Condiciones y derechos relacionados con los turnos de noche 

Según el artículo 36 del Estatuto de los Trabajadores se considera turno de trabajo de noche aquel que se realiza entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana, es decir, un total de 8 horas aunque según el convenio este periodo de tiempo se puede aumentar hasta las 7 de la mañana (nunca disminuir).

Para que un empleado pueda considerarse un trabajador nocturno tiene que cumplir como mínimo uno de los siguientes requisitos y condiciones según el artículo 36:

  1. Su jornada laboral consta de al menos 3 horas en horario nocturno (nunca inferior).
  2. En el cómputo general se prevea que pueda realizar en el turno de noche una parte superior a un tercio de la jornada. Este último caso, normalmente se da cuando las empresas tienen horarios a turnos.

En cuanto a las principales limitaciones de las jornadas de trabajo de los trabajadores nocturnos son las siguientes según el artículo 32 del RD 1561/1995:

  1. La jornada laboral de estos trabajadores no podrá superar nunca las 8 horas de trabajo al día en un periodo de 15 días. Desde aTurnos, hemos creado un reporte directo de este posible incumplimiento, de forma que podrás consultar qué trabajadores nocturnos (que cumplen las características del apartado anterior) han realizado más de 8 horas de trabajo al día.
  2. No pueden realizar ningún tipo de hora extraordinaria. Para esta limitación puedes crear una restricción en aTurnos que implique que no se puedan planificar horas extraordinarias a trabajadores con la categoría o especialidad de nocturnidad.

Dentro de estas dos limitaciones existen tres situaciones donde se conceden excepciones:

  1. Cuando se hagan ampliaciones de la jornada laboral.
  2. Cuando resulte necesario prevenir y reparar siniestros u otros daños extraordinarios y urgentes en el servicio laboral.
  3. En el trabajo a turnos, en caso de irregularidades en el relevo de los turnos por causas no imputables a la empresa.

¿Quién no puede realizar turnos nocturnos? Esta es una de las preguntas más repetidas por los trabajadores, puesto que no todos pueden trabajar dicho turno. A continuación se muestran aquellas personas que no pueden realizarlo:

  1. Menores de edad como indica el artículo 6.2 del Estatuto de los trabajadores. En cuanto a la edad máxima  para trabajar un turno de noche no existe ninguna limitación, salvo que en algunos trabajos podría establecerse  por convenio colectivo (por ejemplo los sanitarios con más de 55 años no están obligados a realizar guardias).
  2. Los trabajadores contratados a través de un contrato de formación según el artículo 11.2.k del Estatuto de los Trabajadores.
  3. Las mujeres que han dado a luz y están en pleno período de lactancia natural según la jurisprudencia Europea.

Otra pregunta muy repetida es: ¿puede una persona sola trabajar un turno de noche? No se puede dar una respuesta clara puesto que el Estatuto de los Trabajadores no incluye ningún artículo que impida que el trabajo nocturno se realice únicamente por un empleado. Esto dependerá de las necesidades del puesto de trabajo de cada empresa así como de los convenios colectivos.  

 

Retribución del trabajo nocturno y plus de nocturnidad

Por lo que respecta a la retribución y salario de los trabajadores nocturnos se determinará en base al convenio colectivo o según se haya acordado la compensación de ese trabajo por descansos entre la empresa y el trabajador ya que el Estatuto de los Trabajadores no hace referencia en ningún artículo. En cuanto al plus de nocturnidad, tampoco existe ningún artículo que lo mencione, pues éste no se cobrará o se hará igual que los pluses diurnos o bien según se negocie entre el empleado y la organización o el convenio colectivo.

 

¿Cómo afecta el trabajo nocturno a los trabajadores?

Como ya sabemos, los trabajos nocturnos suponen siempre un esfuerzo extra puesto que alteran la rutina y las horas del sueño del trabajador llegando a influir en su salud física y mental. A su vez también pueden provocar trastornos en la alimentación como digestiones pesadas o falta de vitaminas puesto que estos empleados comen alimentos sin el valor nutritivo suficiente o comidas rápidas en horarios no recomendables. También supone un inconveniente al conciliar la vida laboral y familiar ya que las horas de descanso y libres son diferentes al resto y resulta más difícil de coincidir y poder acudir a los planes personales y sociales.

Todas estas alteraciones pueden traducirse en una bajada del rendimiento en el trabajo de estos empleados, sobre todo si no está acostumbrado a estos tipos de turno ya que puede conllevar más errores de lo normal, una mayor falta de concentración o sufrir ciertos accidentes laborales que por el día pueden ser evitados con mayor facilidad. El principal problema de esto es que el trabajador puede desarrollar el síndrome burnout o también llamado como “síndrome de estar quemado”, el cual consiste en un estado de agotamiento físico y mental que puede afectar a la autoestima y personalidad del trabajador llegando a crear problemas psicológicos y de estrés.

 

Consejos clave para sobrevivir a un turno de noche

Algunas de las recomendaciones o consejos para que el turno de noche se te haga más amenos son los siguientes: 

  1. Seguir una dieta equilibrada: intentar mantener una alimentación correcta y evitar las comidas rápidas o picar entre horas. Una forma para evitar ésto es tener la comida preparada con antelación.
  2. Dormir las horas necesarias durante el día: dormir un mínimo de 6 horas es fundamental para poder rendir en el trabajo correctamente.
  3. Hacer deporte para liberar tensiones y estrés acumulado y poder desconectar de la jornada laboral.
  4. Organizar horarios para seguir rutinas seguras: marcarte unos horarios estrictos te ayudará a aprovechar el día lo máximo posible y el cuerpo se acostumbrará fácilmente. Con aTurnos puedes organizar los horarios de noche de los trabajadores de forma rápida y sencilla cumpliendo con el marco legal y personal de cada empleado.
  5. Evitar los estimulantes y la cafeína: es verdad que ayudan a mantenernos despiertos durante esas horas de noche, pero el beneficio que aportan es momentáneo y crean adicción, por lo que intenta sustituirlos por otros más sanos.

 

Como conclusión, los turnos de noche suponen grandes desventajas para los empleados, sin embargo son necesarios en algunos sectores como la sanidad y por tanto, los trabajadores se tendrán que adaptar a ellos siguiendo las recomendaciones de forma óptima.