Renta 2021/2022: Todo lo que necesitas saber

Renta 2021/2022: Todo lo que necesitas saber

22 abril, 2022 Desactivado Por Marta Sánchez Díaz

El pasado 6 de abril comenzó la campaña de la declaración de la renta 2021-2022 la cual debe realizar cualquier trabajador que haya percibido ingresos durante el año 2021 y cumpla con los baremos establecidos por la Agencia Tributaria. La gran mayoría de los empleados se preguntan si están obligados a hacerla, hasta cuándo pueden presentarla y cómo pueden solicitar el borrador, todo esto lo vamos a ver a continuación para resolver todas las dudas.

¿Quién tiene obligación de hacerla?

¿Quién está obligado a hacer la declaración de la renta?

Aquellos trabajadores que cumplan con algunos de los siguientes requisitos están obligados a presentar la declaración de la renta:

  1. Ingresos superiores a 22000 euros brutos anuales durante 2021 procedentes de un único pagador.
  2. Ingresos procedentes de varios pagadores y superiores 14000 euros brutos anuales en 2021, siempre y cuando la suma de lo ingresado con el segundo pagador y el resto supere en conjunto los 1500 euros brutos anuales. Por ejemplo: si recibimos del primer pagador 18000 euros, del segundo 1000 euros y del tercero 600, al ser la suma 1600 entre el segundo y el tercero estaríamos obligados a realizar la declaración de la renta.
  3. Ingresos superiores a 1600 euros anuales procedentes de rendimientos del capital mobiliario (dividendos de acciones, intereses de cuentas, etc.) y ganancias patrimoniales (premios de concursos, reembolsos de participaciones en fondos de inversión…)
  4. Todas las pensiones de jubilación, los ERTEs o las prestaciones por desempleo se incluyen dentro de este apartado.

 

Fechas y plazos importantes a tener en cuenta

El plazo de presentación de la declaración de la renta mediante internet para el año 2021 está comprendido entre el 6 de abril y el 30 de junio de 2022, ambos inclusive. Existen varias fechas clave que pueden interesar a aquellos que vayan a presentarla por teléfono o presencialmente:

  1. Desde el 5 de mayo hasta el 30 de junio de 2022 la Agencia Tributaria te podrá realizar por teléfono tu declaración de renta del año 2021, para solicitar cita debes hacerlo entre el 3 de mayo y el 29 de junio.
  2. Desde el 1 hasta el 30 de junio de 2022 la Agencia Tributaria te podrá confeccionar tu declaración de manera presencial en sus oficinas, la solicitud de cita se puede realizar entre el 26 de mayo y el 29 de junio.

Otra fecha importante a tener en cuenta es el 27 de junio ya que este día finaliza el plazo para las declaraciones con resultado a ingresar mediante domiciliación bancaria.

¿Cómo solicitar el borrador de la renta 2021-2022?

El borrador de la renta es una propuesta de declaración realizada por la Agencia Tributaria con los datos del ciudadano. Los contribuyentes ya pueden solicitar y confirmar el borrador de su declaración de la renta 2021-2022 en la web y en la aplicación móvil de la Agencia Tributaria hasta el 30 de junio de 2022. Además, durante el mes de mayo también podrán hacerlo telefónicamente mientras que en junio se abrirán las citas para la atención presencial en las oficinas físicas de Hacienda

Puedes solicitar el borrador de la renta de forma online de tres maneras diferentes: 

  1. Con DNI o certificado electrónico: con estos documentos, el contribuyente tiene que acceder al servicio renta web y escoger la opción de “certificado electrónico de identificación o DNI electrónico” y seleccionar el correspondiente.
  2. Con el número de referencia: es la opción más sencilla para obtener el borrador. Para ello, deberán comunicar su Número de Identificación Fiscal (NIF), la fecha de caducidad del DNI o el Número de soporte de Identidad del Extranjero (NIE). Con ello, deberán abonar el importe de la casilla 05050 de la declaración de la renta de 2020/2021 en caso de haberla realizado también el año pasado. Si no presentó la declaración el año pasado, deberá aportar un número de Cuenta Bancaria Española (IBAN) que figure como titular.
  3. Con la Cl@ve y PIN: la clave es elegida previamente por el usuario y el PIN será notificado vía SMS. Este último solo puede usarse una única vez y durante los primeros 10 minutos desde que se recibe. Para obtenerlo, es necesario un registro previo que puede hacerse de forma presencial vía web.

Consejos claves para hacer la declaración de la renta

A continuación te mostramos algunos aspectos básicos y sencillos que debes tener en cuenta a la hora de hacer la declaración de la renta:

  1. Se recomienda consultar el borrador de la renta aunque no estés obligado a realizarla ya que podría tener un resultado negativo a favor del trabajador y Hacienda estaría obligada a devolverle ese importe.
  2. Comprobar que los datos en el borrador que Hacienda te proporciona están correctos y modificarlos en el caso de que haya habido cambios en tu vida este último año (estado civil, deducciones familiares, etc).
  3. Incluir los pisos alquilados.
  4. Deducir los planes de pensiones en el caso de que estés aportando dinero a los sistemas de previsión social.
  5. Incluir las subvenciones como si fueran ganancias patrimoniales e incrementos de patrimonio.
  6. Acudir a un profesional o un experto para que te ayude con la gestión y evitar una penalización posterior en el caso de no saber hacerla correctamente.
  7. Desgravar los seguros que vayan vinculados a la hipoteca en el caso de que al firmar la hipoteca con el banco este te haya exigido vincular ciertos productos como un seguro de vida o de hogar.

Novedades de este último año con respecto al anterior

  1. Todos los trabajadores que a lo largo del 2020 hayan estado sujetos a un ERTE deberán declarar las prestaciones recibidas considerándose esta prestación proveniente de un pagador distinto al habitual.
  2. Los perceptores del Ingreso Mínimo Vital, de acuerdo con el artículo 33 del Real Decreto, deberán hacer la declaración de la renta en los ejercicios en los que esta ayuda sea recibida.
  3. Deberá declararse la prestación extraordinaria por cese de actividad de los autónomos.