CÁLCULO DE VACACIONES SEGÚN EL ERTE Y EL CONTRATO

CÁLCULO DE VACACIONES SEGÚN EL ERTE Y EL CONTRATO

29 junio, 2020 Desactivado Por Marta Sánchez Díaz

Algo muy solicitado a día de hoy por parte de las empresas y trabajadores, y con vistas al comienzo de los meses de verano de 2020, ha sido el cálculo de vacaciones según el tipo de ERTE del trabajador durante el estado de alarma del COVID-19.

En aTurnos resulta posible este cálculo según el tipo de ERTE que tenga o haya tenido el trabajador y a continuación le explicaremos el proceso y algunos de los casos más comunes. Si deseas consultar cómo afectan los ERTES a las vacaciones puede leer este otro artículo.

Para comenzar dicho proceso, desde Administrar>Ajustes el Administrador del equipo tendrá que completar la Configuración general indicando el número de vacaciones al año que le conviene a un trabajador, festivos, absentismos, días de jornada completa, etc. Estos datos son de relativa importancia, puesto que la planificación posterior va a realizarse en función de esos datos de convenio. A su vez, en el perfil de cada trabajador, podemos modificar algún ajuste individual.

Las vacaciones que corresponden va a depender del tipo de contrato que tenga el trabajador (parcial, reducido o total) y el convenio. Se han distinguido además dos tipos de ERTE, parcial o total. Para ello, hemos decidido realizar 3 tipos de cálculos dentro de escenarios distintos y combinando ambos.

En los 3 ejemplos, hemos tenido en cuenta que el contrato resulta indefinido, por lo que va desde el 01/01/2020 al 31/12/2020. Las vacaciones además dependen de si se tratan de días laborales (se restan festivos y vacaciones) o días naturales (si trabajan en fin de semana como es el caso de los sanitarios).

CASO 1

En este caso, desde el 1 de Enero hasta que entra en el ERTE, el trabajador tendría 0.0819 días de vacaciones por cada día trabajado teniendo en cuenta los 366 días del año, y si le restamos los días que ha estado en ERTE (0,0819*92 al estar 3 meses en ERTE), ahora mismo le corresponderían 22,459 días de vacaciones al año.

CASO 2

Este segundo caso es algo más complejo, puesto que pasa del ERTE total a uno parcial del 50%. En ese caso, se haría lo mismo, pero cuando llegue al ERTE parcial, se dividiría entre 2, por lo que se restarían a los días de vacaciones 0,0819*92 + (0,0819*92)/2 y le corresponderían un total de 18,688 días de vacaciones al año.

CASO 3

Este caso resulta aún más complejo, puesto que pasa del 50% del ERTE parcial a un 70%. El proceso sería igual que los anteriores, pero se restarían en este caso lo días correspondientes al ERTE parcial del 50% (0,0819*92)/2 y además también se restarán los del ERTE parcial al 70% que serían (0,0819*30)*0,7 y este último resultado restándoselo a los días que le corresponderían, se quedaría en 25,481 días de vacaciones.

Para concluir, como hemos podido observar, la complejidad va aumentando si se solicitan vacaciones en los distintos periodos y dependiendo del tipo de contrato y el tipo de ERTE que el empleado tenga o haya tenido.

Para más información o cualquier sugerencia, puede contactar con nosotros a través de soporte@aturnos.com y le contestaremos en el menor tiempo posible.